SECRETARIA ACADÉMICA, 18 DE MARZO DE 2019
Estudiantes, se informa que a partir del 1° de abril se dará total vigencia
al nuevo Reglamento de Enseñanza.
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http://www.fcv.unl.edu.ar/media/academicas/2018/documentos/reglamento2018.p
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A modo de resumen se detallan a continuación los artículos más
sobresalientes que se deberán contemplar y considerar a partir de la fecha
informada:
- Turnos exámenes finales: a partir de este año el turno de examen
del mes de ABRIL pasa a ser ordinario y el de MAYO especial (art. 24°).
- El alumno podrá inscribirse a examen final, en turnos ordinarios,
hasta dos (2) días hábiles antes de la fecha establecida para la
constitución de la mesa. Por tal motivo, los docentes podrán consultar el
listado de los inscriptos al examen, el día hábil anterior a la toma del
examen. Para turnos especiales el alumno deberá inscribirse 7 días corridos
como mínimo de antelación a la fecha de inicio del turno (art. 27° y 28°).
- Para los exámenes finales orales, las cátedras deberán adoptar el
sistema de exámenes por bolillero (art. 40°). Se sugiere publicar en las
carteleras los programas de exámenes. Desde Secretaría académica se remitirá
a Fotocopiadora copia de los programas una vez aprobados por Consejo
Directivo.
- Entrega de actas de exámenes: Las actas correspondientes a los
exámenes orales deberán ser entregadas, con las firmas de todos los
integrantes a Departamento Alumnado, con un plazo máximo de 24 horas de
finalizado el mismo. En el caso de exámenes escritos, se dispondrá de tres
(3) días hábiles para entregar las actas de examen, con las firmas de todos
los integrantes (art. 34°).
- -Aquellos alumnos que registren tres (3) calificaciones
insuficientes o tres (3) ausentes de manera consecutiva, o una combinación
de ambas en exámenes finales para una misma o diferente asignatura, no
podrán rendir examen final de ninguna asignatura en el turno de examen
calendario inmediato siguiente (art. 35°).
- Se deberá exigir al comienzo del examen final la presentación del
DNI, Pasaporte o cualquier certificación que acredite identidad. El alumno
deberá registrar fehacientemente su asistencia al examen, a través de su
firma en la copia del listado de inscriptos confeccionada por Alumnado. Los
alumnos evaluados bajo la modalidad escrita deberán firmar al realizar a
entrega del examen. Este listado deberá ser solicitado antes de comenzar el
examen en la OUAP, quien entregará el listado de los alumnos habilitados
para rendir. Ese registro de asistencia a los exámenes finales deberá ser
archivado en la cátedra por el término de un año. (art. 38°).
- Se considerará promovido en los exámenes finales al alumno que
obtenga un rendimiento del 60% (tanto en exámenes escritos como orales),
para regulares y libres (art. 39° inc. C.).
Para mayor información se podrá consultar el Reglamento de Enseñanza
disponible en la web o en Bienestar Estudiantil.
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Saludos cordiales.
M. V. Sergio Parra
Secretario Académico