PARITARIA PARTICULAR- Convenio Colectivo de Trabajo

Informamos a todos nuestros afiliados, y con el pedido especial de dar la más amplia difusión entre todos los docentes, que venimos llevando adelante negociaciones en el ámbito local para la implementación de nuestro Convenio Colectivo de Trabajo (CCT), homologado por decreto presidencial N° 1246 con fecha 1 de julio de 2015.Cabe destacar que el CCT establece cuestiones que no son materia de discusión en la paritaria particular y otras que si deben ser acordadas (ej. art. 73 que establece la regularización de los docentes interinos).

La complejidad de su implementación implicó que se planteen reuniones paritarias especiales que se sumaron a la reunión paritaria mensual con el fin de ir resolviendo las diferentes cuestiones y en especial aquellas que tienen un carácter más urgente. Todo esto significa redoblar trabajo y esfuerzos, ya que no han dejado de atenderse ninguno de los problemas, por fuera del CCT, que nuestros afiliados plantean.

A modo de resumen se mencionan los puntos que hemos planteado y venimos trabajando hasta el momento:

a.    Art. 45 (Licencia anual ordinaria), dado que la misma se aplica a año vencido, los quince días adicionales que corresponden a docentes con más de 15 años de antigüedad, comenzarán a aplicarse a partir del año pxmo. con la licencia del año 2015. Se solicitó que se instruya a las oficinas de personal sobre este tema y se adecuen las normativas correspondientes, de modo de poder garantizar, tal como el mismo CCT lo establece, sin afectar el normal desenvolvimiento de la actividad académica, este derecho.
b.    Art. 48 (Licencias especiales) Inciso b (Licencia post maternidad) Deberá ser solicitada, invocando como  razón de la misma el art. 48-b del CCT.

Reiteramos una vez más la importancia y necesidad de que cada uno de nosotros conozcamos en profundidad lo que este primer CCT, conquista histórica de los trabajadores docentes universitarios y preuniversitarios, establece para poder defenderlo y en conjunto construir su cumplimiento.

El CCT se puede consultar en nuestra página (http://www.adul.org.ar/), en la sección gremiales; si aún no cuentan con un ejemplar impreso, pueden retirarlo en nuestra sede gremial. En breve continuaremos distribuyendo los mismos en las distintas unidades académicas e invitando a quienes aún no se han sumado a nuestro gremio, a que lo hagan con el convencimiento de que esta conquista, fruto del trabajo y de las luchas colectivas, a través de cada una de las asociaciones de Base y en conjunto por nuestra Federación CONADU Histórica, es para TODOS los docentes y por lo tanto demanda que seamos cada vez más quienes nos involucramos en este desafío.

Comisión Directiva de ADUL