Informe sobre negociaciones por CCT en la Paritaria Particular
by Asociación de Docentes de la UNL (ADUL)
*PARITARIA PARTICULAR- Convenio Colectivo de Trabajo**
*
Informamos a todos nuestros afiliados, y con el pedido especial de dar
la más amplia difusión entre todos los docentes, que venimos llevando
adelante negociaciones en el ámbito local para la implementación de
nuestro Convenio Colectivo de Trabajo (CCT), homologado por decreto
presidencial N° 1246 con fecha 1 de julio de 2015.Cabe destacar que el
CCT establece cuestiones que no son materia de discusión en la paritaria
particular y otras que si deben ser acordadas (ej. art. 73 que establece
la regularización de los docentes interinos).
La complejidad de su implementación implicó que se planteen reuniones
paritarias especiales que se sumaron a la reunión paritaria mensual con
el fin de ir resolviendo las diferentes cuestiones y en especial
aquellas que tienen un carácter más urgente. Todo esto significa
redoblar trabajo y esfuerzos, ya que no han dejado de atenderse ninguno
de los problemas, por fuera del CCT, que nuestros afiliados plantean.
A modo de resumen se mencionan los puntos que hemos planteado y venimos
trabajando hasta el momento:
* Que se dé estricto cumplimiento el art. 14 que establece mecanismo
de cobertura de cargos vacantes transitorios o definitivos (cuando
los mismos no se pueden cubrir inmediatamente por concurso). Queda
definir el mecanismo en caso de pluralidad de candidatos a cubrir la
vacante.
* Respetar el artículo 13 (promoción a JTP por concurso cerrado).
* Advertir, en el caso que se realicen reválidas (evaluación periódica
individual para docentes que ya han ingresado por concurso abierto)
que el art.14 prevé la evaluación negativa, con derecho para el
docente de permanecer en el cargo hasta la próxima evaluación y de
resultar nuevamente negativa debe ahí llamarse a concurso abierto,
permaneciendo el docente en el cargo hasta que se lleve a cabo dicho
concurso, al que puede presentarse.
* Garantizar, tal como lo establece el art. 73, la condición de no
modificar en detrimento del docente, la situación de revista y/o
condiciones de trabajo hasta resolver el mecanismo de regularización
* Con respecto a las licencias, en virtud de que no es materia de
negociación sino de aplicación, en primer lugar informamos que:
a. Art. 45 (Licencia anual ordinaria), dado que la misma se
aplica a año vencido, los quince días adicionales que
corresponden a docentes con más de 15 años de antigüedad,
comenzarán a aplicarse a partir del año pxmo. con la licencia
del año 2015. Se solicitó que se instruya a las oficinas de
personal sobre este tema y se adecuen las normativas
correspondientes, de modo de poder garantizar, tal como el mismo
CCT lo establece, sin afectar el normal desenvolvimiento de la
actividad académica, este derecho.
b. Art. 48 (Licencias especiales) Inciso b (Licencia post
maternidad) Deberá ser solicitada, invocando como razón de la
misma el art. 48-b del CCT.
* En lo referente al art.73 se está discutiendo la forma en que se
regularizaría a los docentes interinos con 5 o más años de
antigüedad, y donde hemos planteado que se incluya a los
contratados, lo cual ha sido tomado en consideración por los
paritarios de la UNL. En una primera etapa se solicitó a los Decanos
que informaran sobre los docentes que se encuentran en dicha
situación, faltando aún algunas facultades. A los fines de contar
con más datos, solicitamos a los docentes, tanto afiliados como no
afiliados, que nos informen su situación particular, de modo de
realizar un empadronamiento de los mismos.
* Año sabático: se está discutiendo una reglamentación, lo que
implica varios aspectos (quienes y en qué condiciones podrían
solicitarlo, qué actividades a realizar por el/la docente quedan
comprendidas, entre otros).
* En cuanto al Capítulo VIII (De las Condiciones y Ambiente de
Trabajo), previo a la homologación del CCT se conformó la comisión
de Condiciones y Ambientes de Trabajo de Nivel Particular, con tres
representantes de ADUL y tres de la UNL, que se viene reuniendo
mensualmente desde mayo de 2015, y que ha organizado una primera
actividad para este viernes 30 de octubre consistente en una
Jornada de Capacitación en Riesgos en Ambientes Laborales con
ASOCIART S.A. ART.
Reiteramos una vez más la importancia y necesidad de que cada uno de
nosotros conozcamos en profundidad lo que este primer CCT, conquista
histórica de los trabajadores docentes universitarios y
preuniversitarios, establece para poder defenderlo y en conjunto
construir su cumplimiento.
El CCT se puede consultar en nuestra página (http://www.adul.org.ar/),
en la sección gremiales; si aún no cuentan con un ejemplar impreso,
pueden retirarlo en nuestra sede gremial. En breve continuaremos
distribuyendo los mismos en las distintas unidades académicas e
invitando a quienes aún no se han sumado a nuestro gremio, a que lo
hagan con el convencimiento de que *esta conquista, fruto del trabajo y
de las luchas colectivas, a través de cada una de las asociaciones de
Base y en conjunto por nuestra Federación CONADU Histórica, es para
TODOS los docentes y por lo tanto demanda que seamos cada vez más
quienes nos involucramos en este desafío.**
*
*Comisión Directiva de ADUL*