Fwd: [Comunicacion-fich-alumnos] Sobre nuevos estándares de acreditación y actividades reservadas
by Asuntos Estudiantiles FICH
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En la sesión del 4 de junio del Consejo Directivo de la FICH, el decano
Raúl Pedraza brindó detalles acerca del documento «Propuesta de estándares
de segunda generación para la acreditación de carreras de ingeniería de la
República Argentina”, conocido como «Libro Rojo de CONFEDI», aprobado en el
plenario del 1 de junio de dicho Consejo Federal de Decanos de Ingeniería.
Este documento propone nuevos estándares para el próximo ciclo de
acreditación obligatoria de las carreras de ingeniería y fue presentado al
Consejo de Universidades (CU) y al Ministerio de Educación (ME). “La
propuesta de CONFEDI toma en cuenta la resolución del ME 989/2018,
denominada ‘Documento marco sobre la formulación de estándares para la
acreditación de carreras de grado’, y tiene por objetivos consolidar un
modelo de aprendizaje centrado en el estudiante y definir un enfoque basado
en competencias de egreso y descriptores de conocimiento. Se consideran dos
competencias de egreso: genéricas, que son comunes a todas las carreras de
ingeniería y necesarias para asegurar el perfil de egreso, e incluyen
competencias tecnológicas, sociales, políticas y actitudinales, y
específicas, relacionadas directamente con las actividades reservadas
definidas para cada terminal por la resolución del ME 1254/18”, explicó
Pedraza.
*Revisión de las AARR*
El decano hizo una reseña del proceso de revisión de las actividades
reservadas (AARR) de las carreras comprendidas en el Art. 43° de la Ley de
Educación Superior, el cual rige las profesiones reguladas por el Estado,
como es el caso de las carreras de ingeniería, que son aquellas cuyo
ejercicio puede comprometer el interés público, poniendo en riesgo de modo
directo la salud, la seguridad, los derechos, los bienes o la formación de
los habitantes. La evaluación de estas carreras es realizada por la CONEAU,
en base a los contenidos mínimos, la intensidad de la formación práctica y
los estándares que define el ME, en acuerdo con el CU.
El proceso de revisión de las AARR comenzó en 2012 por parte del Consejo
Interuniversitario Nacional (CIN) y del Consejo de Rectores de
Universidades Privadas (CRUP), cuyos aportes contribuyeron a la elaboración
del documento «Criterios a seguir en la aplicación del Art. 43° de la Ley
de Educación Superior», aprobado por el Consejo de Universidades (CU) en el
Acuerdo Plenario CU 123/13.
“Este documento fundamentó la necesidad de revisar las AARR de todos los
títulos incluidos en el Art. 43, formuló criterios interpretativos de las
AARR y fijó las pautas para su reformulación. Se diferenciaron los
conceptos de alcances y de AARR. Los alcances son el conjunto de
actividades profesionales que habilita un título, de acuerdo con las
competencias adquiridas en el proceso formativo, mientras que las AARR son
un subconjunto limitado dentro del total de alcances, que refieren a
actividades que pueden implicar un riesgo directo en relación con un bien
público o pueden afectar a las personas y que por ello ameritan supervisión
y control del Estado”, comentó Pedraza.
Asimismo, remarcó que “se adoptó un criterio más restrictivo sobre qué se
entiende por ‘riesgo directo’, por lo que sólo una parte acotada del
conjunto de alcances de un título debe ser definida como AARR. Estas AARR
son definidas y aprobadas por el ME en acuerdo con CU, mientras que el
resto de los alcances de un título son fijados por cada Universidad. Por
otra parte, las AARR pueden ser compartidas por distintas titulaciones
enmarcadas en el Art. 43° (Res. ME 815/09)”.
Esta precisión del concepto de AARR significó un cambio con respecto al
criterio aplicado con anterioridad, por casi 20 años, desde la
implementación de las regulaciones y que consideraba que la totalidad de
los alcances de las titulaciones reguladas por el Estado eran actividades
reservadas. Esta interpretación previa, excesivamente amplia, generó una
serie de problemas y distorsiones: las universidades perdieron su
atribución de definir los alcances de los títulos y comenzó a registrarse
un aumento en las solicitudes de ingreso de titulaciones al artículo 43°,
como medida para proteger el campo profesional.
Durante 2015 y 2016, el CIN elaboró el listado de las AARR de las carreras
de grado comprendidas en el Art. 43º, que fue aprobado por resolución del
CE CIN Nº 1131/16. “Durante este proceso no se permitió la participación a
CONFEDI, aun cuando este Consejo la había solicitado formalmente. Debido a
diferencias de criterio entre distintas comisiones del CIN y a la ausencia
de una revisión integral que hubiera podido aportar CONFEDI, se observan
algunas inconsistencias en los listados de AARR de títulos de ingeniería.
Por ejemplo, algunas comisiones definieron AARR ‘por comprensión’ y otras,
‘por extensión’. Por otra parte, durante este proceso no hubo suficiente
información a la comunidad”, explicó el decano.
Finalmente, las AARR definidas por el CIN fueron avaladas por el CU en
diciembre de 2017 y aprobadas en mayo de este año por resolución del ME
1254/18.
*Nuevos estándares de acreditación*
Desde 2017, el CONFEDI continuó trabajando en la elaboración de nuevos
estándares de acreditación para las carreras de ingeniería, que incluyen el
listado de las competencias específicas relacionadas con las AARR definidas
por la resolución del CE CIN Nº 1131/16, así como los descriptores de
conocimiento de cada terminal.
A tal efecto, se crearon redes de carreras hasta cubrir la totalidad de
terminales de ingeniería existentes. En este marco, a través de sus
Directores de Carrera, la FICH participó en las siguientes redes: RADHIRHI
(Red Argentina de Ingeniería Hidráulica y en Recursos Hídricos), RIISIC
(Red de Ingeniería en Informática / Sistemas de Información), RUDIA (Red
Universitaria de Ingeniería Ambiental) y CONEA (Consejo Nacional de
Escuelas de Agrimensura).
“Como resultado de este trabajo, se elaboraron los listados de competencias
específicas y descriptores de conocimiento para cada uno de los títulos de
las cuatro carreras de grado que se dictan en nuestra Facultad, que
integran el Anexo I del Libro Rojo de CONFEDI. Una vez aprobados los nuevos
estándares por parte del ME en acuerdo con el CU, en los próximos procesos
de acreditación la CONEAU pondrá el foco sobre estos, las AARR y las
competencias específicas”, comentó Pedraza.
A modo de conclusión, el decano expresó que “la resolución del ME 1254/18,
que establece las nuevas AARR para todas las carreras reguladas por el
Estado, no afecta las actividades profesionales que habilitan los títulos
de nuestras carreras de grado. En adelante, el total de alcances de cada
título estará compuesto por dos grupos: las AARR y sus competencias
específicas, que las fija el ME, y los alcances que no implican riesgo
directo, que serán definidos por nuestra Universidad".
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Reconocimiento Académico: convocatoria a becas para cursar un semestre en otra Universidad
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*Hasta el 28 de junio permanecerá abierta la convocatoria a 10 becas de
movilidad en el marco del Sistema Nacional de Reconocimiento Académico para
carreras de FADU, FIQ y FICH.*
Del 14 al 28 de junio estará abierto el registro de aspirantes a becas de
movilidad en el marco del Sistema Nacional de Reconocimiento Académico
(SNRA) de la Secretaría de Políticas Universitarias (SPU). Para el segundo
cuatrimestre de 2018, se asignaron 10 plazas a la UNL, destinadas a
carreras de FADU, FIQ y FICH. La convocatoria se ampliará en 2019 a nuevas
familias de carreras.
Las becas -cofinanciadas entre la SPU y la UNL- incluyen los costos de los
pasajes y seguros, y costos de manutención (alojamiento y comida en el
lugar de estadía).
INSCRIPCIÓN
Del 14/06 al 28/06
Período de cursado: segundo semestre de 2018
Los interesados deberán completar el formulario aquí
<https://servicios.unl.edu.ar/encuestas/index.php/692734/lang-es#>.
En el formulario se solicitará información acerca de los antecedentes del
aspirante en el ámbito de docencia, investigación, extensión u otro tipo de
desempeño institucional.
El orden de mérito de los postulantes se realizará en función de los
antecedentes académicos.
Tendrán prioridad los estudiantes que no hayan sido seleccionados con
anterioridad para un intercambio estudiantil.
DESTINOS POR CARRERA
Los destinos asignados por la Secretaría de Políticas Universitarias para
el segundo cuatrimestre de 2018, para cada una de las carreras
participantes de la movilidad de la UNL, son los siguientes (divididas por
Unidad Académica de origen, carrera y universidad de destino):
FICH
Carrera Ingeniería Ambiental: 1 beca para Universidad de la Fraternidad de
Agrupaciones Santo Tomás de Aquino
Carrera Ingeniería en Agrimensura: 1 beca para Universidad Juan Agustín Maza
Carrera Ingeniería en Informática: 1 beca para Universidad Nacional de San
Luis
Carrera Ingeniería en Recursos Hídricos: 1 beca para Universidad Nacional
de Santiago del Estero
REQUISITOS
-Ser alumno regular.
-Haber aprobado hasta el segundo año de la carrera inclusive y que falte
completar el último año del plan de estudios para garantizar la continuidad
en la Unidad Académica con posterioridad al intercambio.
Además, se deberá presentar un CV, certificado de historial académico
emitido por el SIU Guaraní y constancias de lo informado en el formulario
online, en la Secretaría de Planeamiento Institucional y Académico, planta
baja Ala Oeste de Rectorado de la UNL (Bv. Pellegrini 2750), de lunes a
viernes de 8 a 13 hs.
Para mayor información y consultas dirigirse a: adminplia(a)unl.edu.ar
MÁS INFORMACIÓN
<http://www.unl.edu.ar/estudios/sistema-nacional-de-reconocimiento-academico/>
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Lic Cristian A. Quinteros
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